Bonificación de su empresa

EL CRÉDITO QUE TIENE LA EMPRESA PARA FORMACIÓN

Todas las empresas, independientemente de su actividad ubicación o tamaño, disponen a comienzos de año de un crédito para la formación de sus trabajadores, en función de la cantidad ingresada en concepto de formación en el TC1 del año natural anterior.

El crédito se calcula así: del modelo TC1 de cotización a la Seguridad Social se toma la cantidad del epígrafe 501 (o casilla de base de cotización por Desempleo, FOGASA y F.P.), se suma cada  mes del año natural anterior, y el resultado se multiplica por 0,007. Al importe obtenido se le aplica el porcentaje que se detalla a continuación, con arreglo a los siguientes trabajadores:

    • Empresas de 1 a 5 trabajadores: crédito mínimo de 420 euros.
    • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento.
    • De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento.
    • De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento.
    • De 250 o más trabajadores: 50 por ciento. 
  • Empresas de nueva creación o nuevos centros de trabajo: una media de 65 € por trabajador.
  • Para los permisos individuales de formación (formación reglada), se incrementaría esta cantidad en un 5%. 
     

Las empresas pueden utilizar todo el crédito de formación continua en cursos para el número de trabajadores que deseen, con unos módulos máximos por participante y hora de formación, que son:

    • Modalidad presencial: 9 € hora (nivel básico) a 13 € hora (nivel superior).
    • Modalidad a distancia convencional: 5,5 € hora
    • Teleformación: 7,5 € hora
    • Mixta: se aplican los módulos anteriores. 

    Las empresas de 1 a 9 trabajadores no estarán limitadas por los módulos económicos máximos previstos en este artículo. 

    Las empresas de 10 a 49 trabajadores y las de 50 a 249 podrán superar los módulos en un 10 por ciento y un 5 por ciento, respectivamente


    OPCIONES PARA SABER EL CRÉDITO DISPONIBLE

    • Nosotros lo averiguamos.

    O si lo prefiere:

    • Puede usted acceder directamente al simulador de Fundae.